IMPORTANTE:
- Se recuerda que sólo se atiende con turno web
- A partir del 1 de marzo de 2019 no se aceptarán pagos en efectivo, sólo pagos con tarjeta de débito.
- En la actualidad se reciben los pagos a través de tarjeta de Débito Visa Electrón, Visa Débito, Cabal Débito, Maestro y tarjetas de crédito Visa, Argencard, Mastercard, Líder y Cabal.
A partir de ahora, las personas que requieran legalizar documentos públicos argentinos para ser presentados en el exterior deberán solicitar turnos por Internet para realizar la gestión en Cancillería.
Los turnos pueden solicitarse ingresando a: www.argentina.gob.ar/legalizar-o-apostillar-un-documento
DIRECCION
Esmeralda 1214, C.A.B.A. C1007ABR - República Argentina
HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO
Lunes a viernes de 08:30 hs. a 13:30 hs.
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Legalisierung, Apostille oder Genehmigung in Argentinien
Personen, die ein argentinisches Dokument legalisieren wollen, das zur Vorlage im Ausland dient, müssen ab sofort einen Online-Termin beantragen.
WICHTIGE HINWEISE:
- Es wird darauf hingewiesen, dass nur Online-Termine vergeben werden
- Ab dem 1. März 2019 werden keine Barzahlungen mehr angenommen, stattdessen nur Debit-Karten/EC-Karten
- Aktuell sind Zahlungen nur mit folgenden Karten möglich: VISA Electron, VISA Debit, Cabal Debit, Maestro und Kreditkarten von VISA, Argencard, Mastercard, Lider und Cabal
Die Beantragung eines Online-Termins besuchen Sie bitte die folgende Seite: www.argentina.gob.ar/legalizar-o-apostillar-un-documento
Adresse:
Esmeralda 1214, C.A.B.A. C1007ABR - República Argentina
Öffnungszeiten:
Montag bis Freitag 8:30 - 13:30 Uhr
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REQUISITOS PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION A LEGALIZAR
La documentación a ser intervenida por este Ministerio debe ser original y encontrarse en buen estado de conservación, con sus datos claramente legibles y sin plastificar.
La presentación de la documentación solamente podrá ser realizada por personas mayores de 18 años, quienes deberán identificarse presentando su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Los ciudadanos extranjeros deberán identificarse presentando DNI para extranjeros o Documento de su nacionalidad vigente.
Al entregar la documentación deberá indicarse en qué país será presentada, a fin de aplicar el procedimiento que corresponda según la normativa vigente.
IMPORTANTE: Se recibirán 5 documentos por día.
Se estimara tener en cuenta que se proyecta la recepción de hasta 10 documentos en el día debiendo ser retirados al siguiente día hábil. (La presentación se deberá realizar en la Ventanilla A 1° Subsuelo).
REQUISITOS PARA RETIRAR LA DOCUMENTACION LEGALIZADA O APOSTILLADA
La documentación legalizada o apostillada entre las 8.30 hs. y 12.30 hs. se podrá retirar el mismo día, y de 12.30 hs. a 13.30 hs. se deberá retirar al siguiente día hábil.
IMPORTANTE: En el caso que la documentación sea retirada por una persona distinta a la que la trajo, se deberá presentar debida autorización original y copia del DNI de quien presentó la documentación originariamente. (Se recuerda solicitar la correspondiente autorización en el sector).
Costo:
A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE
ARANCELES - Unidad de Coordinación de Legalizaciones
- Legalización partida de estado civil (matrimonio, nacimiento, defunción, entre otras) $ 100 (cien pesos)
- Legalizaciones en general $ 300 (trescientos pesos)
- Apostilla partidas de estado civil $ 300 (trescientos pesos)
- Apostilla documentación en general $ 300 (trescientos pesos)
- Habilitación de firma de Funcionario Consular extranjero acreditado en el país $ 400 (cuatrocientos pesos)
- Habilitación de oficina fuera de horario de atención $ 400 (cuatrocientos pesos)
El arancel de cada trámite deberá abonarse con tarjeta de Débito Visa Electrón, Visa Débito, Cabal Débito, Maestro y tarjetas de Crédito Visa, Argencard, Mastercard, Líder y Cabal.
No comprometa al personal, toda vez que no está autorizada la recepción de dinero en las demás ventanillas.
Se recuerda que este Ministerio no trabaja con Gestores.
Observaciones:
NOVEDAD PARA EL INTERIOR DEL PAIS
Apostille, Legalizaciones y Habilitación en Colegios de Escribanos
Se ha celebrado un Convenio entre este Ministerio y el Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA), para que los Colegios de Escribanos del país coloquen la Apostille, habiliten documentos emitidos por cónsul argentino en el exterior y legalicen documentación con validez internacional, sin necesidad de la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se sugiere tomar contacto con los Colegios de Escribanos a fin de conocer fecha de implementación y requisitos de los trámites, en cada caso. En la página Web del CFNA http://www.cfna.org.ar/colegios, se podrán consultar datos de cada Colegio.
DATOS IMPORTANTES
Sobre documentación certificada por autoridad provincial
Toda documentación presentada para ser intervenida en este Ministerio que cuente con certificación o legalización de una autoridad provincial, deberá ser legalizada previamente por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
Consulte vía web http://mininterior.gov.ar/tramitesyservicios/legalizaciones-2.php los requisitos para la legalización de firmas. Se recuerda que a partir del 16 de agosto de 2016, las legalizaciones en dicho Ministerio requieren de un turno obtenido en forma online.
Delegaciones habilitadas:
C.A.B.A.
Dirección: Av. Leandro N. Alem 150 1º Piso / 25 de Mayo 155
Teléfono: (011) 4339-0800 - Internos: 71958 / 71960
Horario de atención: de 8 a 17:30 hs.
Sobre partidas de estado civil emitidas en la Argentina
Las partidas de estado civil emitidas en la Argentina (de nacimiento, matrimonio o defunción) legalizadas, habilitadas o con Apostille no tienen plazo de vencimiento. No obstante, algunas autoridades extranjeras sólo las admiten dentro de plazos limitados, por lo que se sugiere tomar contacto con la autoridad extranjera receptora.
Sobre documentación de estudios realizados en la Argentina
La documentación de estudios realizados en la Argentina (certificado de materias aprobadas, títulos o diplomas, programas de estudios, constancias de cursos realizados, certificaciones de residencias, etc.) deberá contar, para su intervención en este Ministerio, con la debida cadena de legalizaciones, aprobada por el Ministerio de Educación y Deportes o por el Ministerio de Salud de la Nación, según corresponda:
TITULOS Y CERTIFICACIONES UNIVERSITARIAS
Títulos, certificados analíticos y demás certificaciones emitidas por instituciones universitarias con anterioridad al 1º de enero del 2012, deberán ser legalizadas por la DIRECCION DE INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, siempre que cuenten con la previa intervención de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION UNIVERSITARIA dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del entonces MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES de la Nación.
Títulos, certificados analíticos y demás certificaciones emitidas por instituciones universitarias con posterioridad al 1º de enero del 2012 corresponderá a las Instituciones Universitarias su presentación conforme el procedimiento fijado por la DIRECCION NACIONAL DE GESTION UNIVERSITARIA dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES para su correspondiente verificación y autenticidad, en cada documento en cuestión.
CERTIFICADOS DE ESTUDIOS DE NIVEL DE EDUCACION SECUNDARIA Y DE EDUCACION SUPERIOR (no universitarios)
Certificados de estudios de nivel de Educación Secundaria y de Educación Superior, emitidos con anterioridad al 1° de enero de 2010 deberán ser legalizados por la autoridad educativa jurisdiccional y por la DIRECCION DE INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.
Certificados de estudios de nivel de Educación Secundaria y de Educación Superior, emitidos por el Sistema Federal de Títulos, a partir del 1° de enero de 2010, quedan exceptuados de la legalización del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA. Los interesados deberán presentarlos ante el área de títulos de la jurisdicción en la que se encuentre, a fin de verificar su autenticidad y validez confrontando las firmas de las autoridades con las que obran en el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales (ReNaFEJu). A dicho Registro acceden los referentes del Sistema Federal de Títulos de todas las jurisdicciones del país y quienes se encuentren habilitados por ellas.
Sobre documentación exigida en idioma extranjero
Si la documentación en original a ser presentada en el exterior es exigida en idioma extranjero, luego de su legalización o Apostille en este Ministerio deberá contar con traducción efectuada por Traductor Público y certificada por el Colegio de Traductores Públicos. Cumplidos ambos requisitos, se sugiere que la traducción pública y su certificación por el Colegio de Traductores Públicos sean también intervenidas con legalización o Apostille, según el caso. Se admitirá traducción pública en un documento en copia, cuyo original cuente con legalización o Apostille de este Ministerio, en tanto dicha copia haya sido efectuada por Escribano Público y certificada por el Colegio de Escribanos respectivo.
CONSULTAS
Teléfonos: (11) 4819-7000
Correo Electrónico: tecnica@mrecic.gov.ar
Información adicional:
Apostilla y legalizaciones con validez internacional - electrónica o digital
Como parte del Plan de Modernización del Estado, se implementará a partir del 15 de abril de 2019, el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como único medio para la generación de Apostillas y Legalizaciones de validez internacional emitidas en la República Argentina.
El proyecto incluye a los Colegios de Escribanos de nuestro país, en el marco del Convenio celebrado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y el Consejo Federal del Notariado Argentino, en los que se habilita a los mismos para la emisión de Apostillas, Legalizaciones de Validez Internacional y Habilitados.
Los nuevos formatos de las Apostillas y Legalizaciones de validez internacional, generadas mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica, conservarán las exigencias de legalidad nacional e internacional, siendo aplicable tanto para los documentos públicos con firma digital o electrónica, como para aquellos que cuenten con firma en forma ológrafa. La única diferencia entre uno y otro es que los documentos electrónicos deberán embeberse en el formulario de la Apostilla/legalización de validez internacional, mientras que no serán embebidos aquellos con firma ológrafa de naturaleza papel.
La implementación de la Apostilla electrónica (o de e-APP) y de legalización con validez internacional electrónica, se ha estructurado en dos pilares:
La puesta en funcionamiento de un sistema automatizado de emisión de Apostillas y legalizaciones con validez internacional que incluye la posibilidad de emitir Apostillas/legalizaciones electrónicas y Apostillas/legalizaciones digitales adheridas al documento de naturaleza papel.
La creación de un Registro electrónico central de todas las Apostillas/legalizaciones emitidas en la República Argentina.
Características
Documento PDF firmado digitalmente con respaldo a perpetuidad en un único repositorio centralizado que garantiza su integridad, accesibilidad y disponibilidad.
Uniformidad de formato para las Apostillas y legalizaciones emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y los Colegios de Escribanos de la República Argentina.
Verificación en línea a través del portal www.argentina.gob.ar/legalizacion-internacional
Tipo de intervención:
La nueva herramienta respeta la naturaleza del documento emitido y su firma, según el siguiente detalle:
1.- Apostilla Electrónica: Apostilla emitida en el sistema de Gestión Documental Electrónica con firma digital, encontrándose embebido el documento público generado o reproducido en soporte electrónico, digitalizado y considerado original.
2.- Apostilla con firma digital: Apostilla emitida en el sistema de Gestión Documental Electrónica con firma digital, adherido al documento público con firma ológrafa de naturaleza papel. Esta Apostilla NO dispone del documento original embebido.
3.- Legalización de Validez Internacional: Legalización emitida en el sistema de Gestión Documental Electrónica con firma digital, encontrándose embebido el documento público generado o reproducido en soporte electrónico, digitalizado y considerado original.
4.- Legalización con Validez Internacional con firma digital: Legalización emitida en el sistema de Gestión Documental Electrónica con firma digital, adherido al documento público con firma ológrafa de naturaleza papel. Esta Legalización NO dispone del documento original embebido.