IMPORTANTE - INGRESO A LA ARGENTINA: NUEVOS REQUISITOS
- Información actualizada al 12/11/2021 en virtud de la entrada en vigor de normas contenidas en DNU 678/2021, DA 591/2021, Disposición DNM 2074/2021, DA 1064/2021 y Resolución MINSAL 2948/2021
Atención:
Se recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en Argentina, y, en particular, a los mayores de SESENTA (60) años de edad o a personas pertenecientes a los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales. La salida y el reingreso desde y hacia Argentina implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de la REPÚBLICA ARGENTINA al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma; tal y como la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con COVID-19, la necesidad de contar con un servicio de salud del viajero COVID en el exterior para la cobertura médica y/o aislamiento, y de denunciar los lugares en donde estuvo los últimos CATORCE (14) días previos al reingreso al país, entre otros. Asimismo, deberá darse cumplimiento a las condiciones impuestas por la autoridad sanitaria nacional y someterse al control de las Autoridades Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Municipales, en sus respectivas jurisdicciones y ámbitos de su competencia.
I.- ¿Quiénes pueden y cuáles son los requisitos para ingresar a la Argentina?
Grupo 1: argentinos y extranjeros residentes en Argentina (estos últimos, con DNI para extranjeros válido y vigente).
Grupo 2: extranjeros no residentes que no requieren visa para ingresar a la Argentina por turismo o acividades no remuneradas (por ejemplo, ciudadanos alemanes) siempre que tengan esquema de vacunación completo (certificado) contra COVID 19 y hayan transcurrido 14 (CATORCE) días desde la última dosis.
Grupo 3:Extranjeros no residentes que no tengan esquema de vacunación completo (certificado) contra COVID 19 que quieran ingresar para actividades diferentes al turismo (visita familiar, trabajo, negocios, estudios/capacitación, deportistas). Deberán tramitar un certificado consular mediante la presentación de documentación respaldatoria, cuyo costo son 80 EUROS.
Grupo 4: transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad.
Grupo 5: extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 hs.
Grupo 6: extranjeros autorizados expresamente por la Dirección Nacional de Migraciones de la República y/o con su correspondiente visado, para desarrollar una actividad laboral o comercial; o para cumplir con una misión oficial diplomática; o para participar de eventos deportivos, o para su reunificación familiar con argentinos o residentes (radicación definitiva -visa permanente-).
Importante: a quien no esté incluido en alguno de los grupos, no le será posible ingresar a la República Argentina.
II.- Consideraciones Generales
- Es responsabilidad de cada ciudadano mantener actualizada su documentación argentina.
- Es responsabilidad de cada pasajero presentar la totalidad de la documentación solicitada ante la aerolínea y los oficiales migratorios en la República Argentina. De faltar algún documento solicitado, la aerolínea le impedirá embarcar.
- La vacunación contra COVID-19 no exime bajo ninguna circunstancia de cumplir con los requisitos detallados, en particular, se señala que NO EXIME de realizar el correspondiente test de PCR con anterioridad al viaje a Argentina.
- Esta Sección Consular-Berlín y los consulados de la jurisdicción no puede solucionar problemas técnicos vinculados a la Declaración Jurada Electrónica ni a la APP CUIDAR.
III.- Requisitos – documentación a presentar
Grupo 1: argentinos y extranjeros residentes en Argentina:
- Declaración Jurada Electrónica; Para completar la DDJJE, haga click aquí;
- PCR dentro de las 72 horas previas al viaje internacional con resultado negativo para COVID 19;
- Instalar la App CUIDAR, dentro de las 48 hs. siguientes al ingreso al país;
- Las aerolíneas solicitan a los ciudadanos argentinos un pasaporte vigente y su DNI argentino vigente;
- Los extranjeros residentes deberán presentar un DNI para extranjeros vigente al momento de embarcar;
- Cumplir los requisitos adicionales que fijen las provincias y municipios de destino del viajero.
- Todos los viajeros deben cumplir con la cuarentena de SIETE (7) días desde su arribo al país y efectuar un PCR al Séptimo día para eximirse de la cuarentena.
- Presentar certificado de vacunación completa habiendo transcurrido 14 (CATORCE) días desde la aplicación de la última dosis que completó el esquema.(OPTATIVO: sólo a los fines de eximirse de la cuarentena)
- Ingreso de menores de 18 años: En los casos de adultos que vengan acompañados por menores de edad sin esquema de vacunación completo, estos últimos también podrán ingresar al país y estarán eximidos de realizar la cuarentena prevista. Se recomienda a los y las menores de edad comprendidos en dicha situación no realizar actividades grupales ni concurrir a eventos grupales o masivos durante los primeros SIETE (7) días contados desde su arribo al país.
- Para más información ingrese a: https://www.argentina.gob.ar/interior/migraciones/ddjj-migraciones
- Eximición de cuarentena para argentinos y extranjeros residentes en Argentina, (GRUPO 1) siempre que 1) hayan completado el esquema de vacunación 14 (CATORCE) días antes de su ingreso al país. 2) adicionalmente a la Prueba PCR realizada en origen dentro de las 72 (SETENTA Y DOS) horas previas al embarque, deberá realizarse 1 (UNA) prueba PCR, entre el día quinto y el día séptimo, computados desde el arribo al país, cuyos resultados deben ser negativos.3) Extremar medidas de prevención durante 10 (DIEZ) días, quedando prohibido concurrir a eventos masivos, o utilizar el transporte colectivo de pasajeros terrestre, salvo en las situaciones expresamente autorizadas. e) Contar con comprobante de vacunación en la aplicación "Mi Argentina", si la vacunación hubiere sido realizada en la República Argentina. En caso de quienes se hubieran vacunado en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación. f) Exhibir el comprobante de vacunación cuando le sea requerido por autoridades competentes.
- ACLARACIONES: a) La excepción de cuarentena incluye a aquellos argentinos que residan en el exterior e ingresen al país por cualquier motivo; b) No se incluye a los familiares directos de argentinos residentes en el exterior que ingresen al país, acompañándolos; c) SE SUBRAYA QUE TODA PERSONA QUE NO HAYA COMPLETADO EL ESQUEMA DE VACUNACION, EXCEPTUADOS LOS MENORES DE EDAD, DEBERÁN REALIZAR CUARENTENA.
No necesita intervención de la Sección Consular
Grupo 2: extranjeros no residentes que no requieren visa para ingresar a la Argentina en calidad de turistas:
- Los ciudadanos alemanes no residentes que puedan probar su nacionalidad con el correspondiente pasaporte, pueden ingresar a Argentina por turismo o por actividades no remuneradas (OCDE) por un período de 90 (NOVENTA) días en virtud de convenios bilaterales vigentes siempre y cuando tengan certificado de vacunación contra COVID 19 completa y haber transcurrido 14 (CATORCE) días desde la aplicación de la última dosis . De no ser nacional alemán, rogamos consultar al consulado si es que Ud. necesita de visado para el ingreso.
- En el caso de menores de edad, Partida de nacimiento debidamente apostillada, que compruebe el vínculo directo con sus progenitores;
- Reserva de pasajes “ida y vuelta”;
- Declaración Jurada Electrónica; https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php
- PCR dentro de las 72 horas previas al viaje internacional con resultado negativo para COVID 19;
- Certificado de vacunación contra COVID 19 completa y haber transcurrido 14 (CATORCE) días desde la aplicación de la última dosis (OBLIGATORIO, si no cuenta con él, NO PODRÁ INGRESAR)
- Seguro de Viajero, que incluya expresamente la cobertura para la atención de COVID 19;;
- Instalar la App CUIDAR, dentro de las 48 hs. siguientes al ingreso al país;
- Cumplir los requisitos adicionales que fijen las provincias y municipios de destino del viajero.
- Todos los viajeros deben cumplir con la cuarentena de SIETE (7) días desde el arribo a Argentina.
- Ingreso de menores de 18 años: En los casos de adultos que vengan acompañados por menores de edad sin esquema de vacunación completo, estos últimos también podrán ingresar al país y estarán eximidos de realizar la cuarentena prevista. Se recomienda a los y las menores de edad comprendidos en dicha situación no realizar actividades grupales ni concurrir a eventos grupales o masivos durante los primeros SIETE (7) días contados desde su arribo al país.
- Para más información ingrese a: https://www.argentina.gob.ar/interior/migraciones/ddjj-migraciones
Eximición de cuarentena para extranjeros no residentes (GRUPO 2) siempre que 1) hayan completado el esquema de vacunación 14 (CATORCE) días antes de su ingreso al país. 2) adicionalmente a la Prueba PCR realizada en origen dentro de las 72 (SETENTA Y DOS) horas previas al embarque, deberá realizarse 1 (UNA) prueba PCR, entre el día quinto y el día séptimo, computados desde el arribo al país, cuyos resultados deben ser negativos.3) Extremar medidas de prevención durante 10 (DIEZ) días, quedando prohibido concurrir a eventos masivos, o utilizar el transporte colectivo de pasajeros terrestre, salvo en las situaciones expresamente autorizadas. e) Contar con comprobante de vacunación en la aplicación "Mi Argentina", si la vacunación hubiere sido realizada en la República Argentina. En caso de quienes se hubieran vacunado en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación. f) Exhibir el comprobante de vacunación cuando le sea requerido por autoridades competentes. g) SE SUBRAYA QUE TODA PERSONA QUE NO HAYA COMPLETADO EL ESQUEMA DE VACUNACION, EXCEPTUADOS LOS MENORES DE EDAD, DEBERÁN REALIZAR CUARENTENA.
No necesita intervención de la Sección Consular siempre y cuando tenga certificado de pauta de vacunación completa. Sino deberá contactarse con el consulado para tramitar su autorización de ingreso, la cual se otorgará sólo para ingresos por motivos diferentes al turismo.
Aquellos extranjeros no residentes que no tengan certificado de vacunación y quieran viajar por turismo NO PODRAN INGRESAR.
Grupo 3: Extranjeros no residentes que no tengan esquema de vacunación completo (certificado) contra COVID-19 y quieran ingresar para realizar actividades diferentes al turismo (visita familiar, trabajo, negocios, estudios/capacitación, deportistas).
Aquellas personas que se encuentren en esta categoría deberán remitir un correo electrónico a cbonn@mrecic.gov.ar relatando su situación, en virtud de ello se le solicitará documentación respaldatoria para poder emitir un certificado consular a fin de habilitar su ingreso. El costo del certificado es EUROS 80.
Grupo 4: transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad:
- Declaración Jurada Electrónica;
- Seguro de Viajero, que incluya expresamente la cobertura para la atención de COVID 19;
- Instalar la App CUIDAR, dentro de las 48 hs. siguientes al ingreso al país;
- Cumplir los requisitos adicionales que fijen las provincias y municipios de destino del viajero
No necesita intervención de la Sección Consular
Grupo 5: extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 hs:
- Declaración Jurada Electrónica; Para completar la DDJJE, haga click aquí;
- PCR dentro de las 72 horas previas al viaje internacional con resultado negativo para COVID 19;
- Seguro de Viajero, que incluya expresamente la cobertura para la atención de COVID 19;
- Instalar la App CUIDAR, dentro de las 48 hs. siguientes al ingreso al país;
- Cumplir los requisitos adicionales que fijen las provincias y municipios de destino del viajero.
No necesita intervención de la Sección Consular
Grupo 6: extranjeros para desarrollar una actividad laboral o comercial; o para cumplir con una misión oficial diplomática; o para participar de eventos deportivos, o para su reunificación familiar con argentinos o residentes (radicación definitiva -visa permanente-):
DICHA AUTORIZACIÓN RELATIVA AL GRUPO 5 REQUIERE DE TRÁMITE PREVIO. Deberá contactar al Consulado en Bonn (cbonn@mrecic.gov.ar ) si corresponde a su lugar de residencia para informarse sobre requisitos y procedimientos.
IV.- Declaración Jurada Electrónica (DDJJE)
https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php
- Se sugiere completarla con la suficiente antelación. El sistema remite un correo de confirmación. Demora en ser recibido;
- Ciudadanos argentinos: se sugiere completar el dato “fecha de emisión del DNI / Pasaporte”, con la fecha que figura en el último documento tramitado (sea este DNI o Pasaporte);
- La Sección Consular no puede resolver problemas técnicos.
V.- Análisis de PCR
- Es obligatorio para todas las personas que ingresen a la Argentina, a partir de los SEIS (6) años de edad.
- Excepciones:
a) los transportistas y tripulantes;
b) aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico. - Se sugiere contactar a su seguro de salud para consultar cobertura de análisis PCR;
- La normativa no especifica metodología de extracción de la muestra para el análisis PCR;
- De estar redactado en un idioma extranjero, se debe agregar una traducción no oficial al español;
- Cuando el test PCR se hizo en origen y se demora el vuelo, se admite la extensión del plazo de vigencia del resultado del test por 24 horas prorrogable luego, sólo si la empresa aérea garantiza la trazabilidad y aislamiento de los pasajeros durante ese mayor tiempo.
VI.- Seguro de viajero
- No debe ser presentado por ciudadanos argentinos o residentes extranjeros en la Argentina;
- Es obligatorio en todos los demás casos;
- Se sugiere contactar con su seguro de salud / viajero, y solicitarle una nota en la que especifique que la cobertura incluye a la República Argentina, incluida la internación y en su caso el aislamiento por COVID 19, y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía.
VII.- Tramitar pasaporte argentino
- Si es ciudadano argentino y no tiene su pasaporte en vigor, deberá solicitar cita mediante correo electrónico al Consulado que corresponda según su lugar de residencia. En caso de que sea el Consulado en Bonn, puede contactarse al mail: cbonn@mrecic.gov.ar
VIII.- Apostillas - para viajeros del Grupo 2
- Si las partidas (de nacimiento, matrimonio y convivencia) que acrediten el vínculo NO son argentinas, deben estar debidamente apostilladas;
- La Sección Consular no apostilla documentos extranjeros, ni puede intervenir ante las autoridades alemanas.
IX.- App CUIDAR
- Es necesaria una vez el viajero se encuentre en la Argentina. Debe registrarse dentro de las 48 hs. siguientes de su ingreso al país;
- Este Consulado General y Centro de Promoción no puede resolver problemas técnicos vinculados a la aplicación.
X.- Permisos de circulación y requisitos provinciales
- La información la encontrará en la página del Ministerio de Transporte de la República Argentina, haciendo clic aquí